Declaración de plusvalía inmobiliaria

Esta página le explica el trámite y le ayuda a generar automáticamente la carta adecuada.

Cuando vende un inmueble a un precio superior al de compra, la diferencia (plusvalía inmobiliaria) tributa, salvo en casos exentos (como su vivienda habitual). Esta plusvalía suele calcularse y declararla el notario en el momento de la venta.

Esta página le explica los casos en los que se necesita una carta explicativa, qué información indicar, y le propone un modelo de carta listo para usar, además de una herramienta para generar automáticamente su carta personalizada.

¿Cuándo hay que escribir esta carta?

En todos estos casos, la carta escrita sigue siendo una forma fiable de explicar la situación.

Información que debe indicar

Cuanto más precisa sea esta información, más exacto será el cálculo o la corrección de su impuesto.

Modelo de carta oficial

Nota importante: la carta enviada a Hacienda debe redactarse en francés. A continuación encontrará un modelo en francés que puede usar como base.

[Nombre y apellidos]
[Dirección completa]
[Número fiscal]

Servicio de Hacienda de [Ciudad]
[Dirección del servicio]

[Ciudad], [Fecha]

Asunto: Plus-value immobilière - demande de vérification

Estimados señores/as,

Je vous sollicite au sujet du calcul de la plus-value liée à la vente de mon bien situé au [adresse], vendu le [date].

[...]

→ La carta completa, personalizada según su situación exacta y lista para enviar, se genera automáticamente en 3 minutos con la herramienta anterior.

Preguntas frecuentes

¿Está exenta de impuesto la venta de mi vivienda habitual?

Sí, la vivienda habitual está totalmente exenta del impuesto sobre la plusvalía inmobiliaria.

¿Cómo se calcula el periodo de posesión para la exención?

La exención total se aplica automáticamente tras 30 años de posesión para las segundas residencias.

¿Quién se encarga de calcular y declarar la plusvalía?

Por lo general, el notario en el momento de la venta.

¿Se pueden deducir gastos de la plusvalía calculada?

Sí, los gastos de compra y las obras justificadas pueden deducirse bajo ciertas condiciones.

¿Qué ocurre si vendo con pérdidas?

No se aplica impuesto en caso de pérdida, pero esta pérdida tampoco puede deducirse de otros ingresos.

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